Con esta medida, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, busca agilizar el acceso de la población a tratamientos de uso frecuente y promover una cobertura de salud responsable.
Esta disposición alcanza a todas las especialidades medicinales inscriptas en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) que contengan diversos componentes, concentraciones y formas de administración.
Entre los medicamentos habilitados se encuentran: la trimebutina maleato de 100 miligramos en comprimidos o cápsulas para administración oral; la levocetirizina diclorhidrato en comprimidos, cápsulas y solución oral; y la fexofenadina clorhidrato en sus distintas dosis autorizadas para uso oral.
La nueva condición de expendio también abarca Olopatadina Clorhidrato, Carboximetilcisteína, Cloruro de Aluminio Hexahidratado, Carbonato de Calcio con Tintura de Árnica Montana y Nitrato de Plata, e Ivermectina.
La resolución no implica que todos los medicamentos que contengan esos principios activos puedan comercializarse sin receta. Sino que se limita exclusivamente a las concentraciones, formas farmacéuticas y vías de administración detalladas en la disposición oficial.
Anteriormente, ANMAT había aprobado la venta libre de prazoles, de medicamentos compuestos por Acetilcisteína y de formulaciones con Retinol o Retinaldehido, Alantoína, Tocoferol, Ácido Bórico y Óxido de Zinc, además de Amorolfina y Aciclovir.





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